Henry escribió:Creo que en Catalunya el matrimonio es con separación de bienes por defecto, a diferencia de otras comunidades donde debes solicitar o modificar ese estatus.
El problema creo que no es ese, el tema es que cuando te separas, si tienes que pagar una pensión, te ves obligado a vender cosas. Que me corrija Eric si estoy equivocado.
En efecto, en Cataluña se hace separación de bienes por defecto. Que si hay dinero es porque no se gasta en partir empresas con exesposas despechadas
Si he tenido que vender no ha sido para regalárselas a ella, sino porque, a parte de abogado, y pensión por la niña aunque la custodia es casi casi compartida, he tenido que pagar la mitad de un piso en el que no vivo más mi alquiler...
Afortunadamente, y gracias a una mano izquierda ENORME, según el convenio que acabé firmando, en un añito o así podré estar otra vez en la brecha. Mientras tanto, pues toca desprenderse de cosas...
Lo mejor, en todo caso, es hacer una cuenta común para gastos y poner ambos la misma pasta, y lo que a cada uno le sobre es cosa suya. Así lo de los bolsos y zapatos ya sólo depende de lo que ella curre
